Episode Transcript
Available transcripts are automatically generated. Complete accuracy is not guaranteed.
Speaker 1 (00:01):
El
Speaker 2 (00:01):
podcast de Mariana Santiago, tu conductora de confianza.
Speaker 3 (00:08):
Oigan, vamos a hablar con nuestra abogada de confianza. Ya
está por aquí mi Dani.¿ Qué hubole?¿ Cómo estás mi Dani?
Speaker 4 (00:13):
Hola Mariana,¿ cómo están? Bienvenida
Saludos al público,¿ cómo han estado? Dani y acompañante, diga
hola joven.
Speaker 3 (00:19):
Hola,¿ qué tal? Buenos días. Dani Flores, nuestra abogada de
confianza que ya la conocen, ya ha estado por aquí
con nosotros. Vamos a hablar de esto.¿ Usted sabe qué
hacer y qué no hacer cada vez que se topa
con un retén? Y dera uno, pues es obvio, ¿no?
Pues claro que sí sé qué hacer.¿ Estamos haciendo lo
correcto o nos estamos metiendo en problemas? Porque creemos que
(00:40):
sabemos y no sabemos ni más. Platícame y vamos a
empezar por ahí.¿ Qué es esto de un retén y
por qué los colocan?
Speaker 4 (00:45):
Bueno, pues ahora sí que empezamos, como siempre les digo,
desde un inicio,¿ qué es un retén? Es un punto
de revisión, está instalado por una autoridad, esta autoridad puede
ser policías preventivos, ministerio público, ya sea que son personal
de la Fiscalía General de la República o la Fiscalía
General de Justicia de la Ciudad de México o Estado
(01:06):
de México,
Speaker 2 (01:07):
o bueno
Speaker 4 (01:08):
En la entidad de la que nos estén escuchando en
nuestra República Mexicana, en la Fiscalía, también puede ser la
Guardia Nacional. Estos son los que nos pueden poner esos retenes,
inclusive también los de tránsito.¿ Para qué sirven?¿ Son para alcoholímetro?¿
Control de alcoholímetro?
Speaker 3 (01:28):
Que es el clásico, todos lo conocemos
Speaker 4 (01:30):
Claro. Y creo que partiríamos muy, muy bien desde ese
punto de cómo está puesto un alcoholímetro, porque más adelante
les vamos a decir los puntos. Pero bueno, búsqueda de
vehículos robados, podría ser para reten de o contención del
crimen organizado, operativos especiales de seguridad. Ajá. No todos los
(01:52):
retenes son legales.
Speaker 3 (01:54):
Eso
eso, eso, porque han circulado muchas de estas noticias, ¿no?
Donde se supone que te topas con un reten y rájale,
es pirata. Claro. Así le puedo decir pirata. Sí, vamos
a ponerle. No es legal,
Speaker 4 (02:04):
exacto. Vamos a ponerle, son retenes ilegales piratas. Ok. Bueno,
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fíjate, Mariana,
nos ha establecido criterios claros respecto al control provisional preventivo.
Un reten debe ser, y ahorita que ya noten, tengan su,
Speaker 3 (02:20):
A ver, yo sí anoto. Su
Speaker 4 (02:21):
libretita. Ajá. O escúchenos por... O sea,
Speaker 3 (02:24):
un retén legal,¿ cómo reconocer un retén
Speaker 4 (02:26):
legal? Tiene que ser visible. Visible.
Speaker 3 (02:28):
Oficial. Cuando
Speaker 4 (02:30):
me dices visible,¿ a qué te refieres? Sí, que tenga lonas,
como les decía, pongan mucho en cuenta el del alcoholímetro,
cómo está la ambulancia, cómo están los uniformes de los policías,
son completamente oficiales. Tenemos la manta de lo que te
está diciendo de que es el retén. Está justificado, no
(02:51):
es invasivo.
Speaker 3 (02:53):
No es invasivo.
Speaker 4 (02:55):
A que no nos están solicitando precisamente. Quiero entrar a
ver a tu carro. Ábremelo en este momento y les
voy a dar. Aquí anoten muy bien.
Speaker 3 (03:05):
O sea, el
Speaker 4 (03:05):
del retén no se puede meter a tu coche. Claro,
sin una justificación. Los retenes son legales como lo marca
y esto lo maneja la, como le decía, la Suprema
Corte de
Speaker 2 (03:15):
Justicia
Speaker 4 (03:16):
de la Nación. La tesis PJ 38 2007 y la tesis primera,
esta es con número romano, 26 diagonal 2016 con registro digital 2010. Estas
tesis son súper famosas,¿ por qué? Porque nos están dando
el control provisional preventivo de cómo, les decía, tienen que
(03:38):
ser legales estos retenes, visible, oficial, temporal, justificado y no invasivo. Ok,
hasta ahí creo que vamos correctamente con
Speaker 3 (03:49):
los criterios.¿ Qué pasa? Déjame preguntarte esto porque yo leía
una noticia el otro día en donde había un retén
como en medio de una carretera y resulta que pues
no era un retén, que era pirata.¿ En medio de
una carretera es normal encontrarme un retén?
Speaker 4 (04:00):
Sí, porque tenemos los puntos que a lo mejor decimos,
puede ser por control de una búsqueda de vehículos robados,
seguridad
Speaker 2 (04:07):
inclusive
Speaker 4 (04:08):
Y no tan solo lo hemos visto los retenes en...
Ahora sí que va manejando, sino también los hemos visto
cuando en autobuses, cuando vamos de
Speaker 3 (04:17):
pasajeros
Speaker 4 (04:18):
en autobuses, en autos privados, inclusive hasta hay retenes en
el aeropuerto, ¿verdad? Exacto. En
Speaker 3 (04:23):
todos lados. En todos lados, exacto. Oye, es importante hablar
de los criterios de legalidad de los retenes. Explícame un
poquito más. Sí,
Speaker 4 (04:31):
claro que sí. Mira, tienen que tener un fundamento legal
que por qué se está haciendo este reten y una justificación.
Debe existir un operativo oficialmente ordenado por la autoridad. No
puede ser un grupo de policías improvisados, de que los policías, ay,
pues vamos a ponernos a buscar autos robados y nos organizamos. No, no, no.
(04:52):
Tiene que haber fundamento legal y justificación. Otra debe ser
una señalización y visibilidad. De hablar, de haber patrullas, como
te decía, ambulancias inclusive, uniformados, identificados,
Speaker 3 (05:05):
conos,
Speaker 4 (05:05):
luces, un retén sin señalización es un punto de riesgo,
la verdad. O sea, si tú no ves ese tipo
de cosas, o sea...
Speaker 3 (05:13):
La manta
Speaker 4 (05:14):
el uniformado... Con identificaciones
Speaker 3 (05:17):
que no
Speaker 4 (05:17):
tengan pasamontañas,
Speaker 3 (05:18):
que sean visibles sus caras. Dime una cosa, si me
paran en un retén,¿ yo puedo pedirle su identificación? Sí, claro.
O sea, identifícate conmigo, yo tengo ese derecho como ciudadano. Claro,
Speaker 4 (05:29):
tienes ese derecho inclusive a grabar y ahorita les voy
a dar los puntos
Speaker 3 (05:32):
Se puede grabar.
Speaker 4 (05:32):
Para que
Speaker 3 (05:33):
graben. Ok, y
Speaker 4 (05:34):
también debe ser no discriminatorio
Speaker 3 (05:35):
¿no?
Speaker 4 (05:36):
Y no invasivo.
Speaker 3 (05:37):
Y no invasivo.¿ Por cómo
Speaker 4 (05:38):
volvemos a ese mismo punto? No se deben de sentir
ustedes invadidos, no pueden obligarte únicamente porque te están diciendo,
ábreme la cajuela. No se
Speaker 3 (05:46):
puede. No
Speaker 4 (05:47):
se puede.
Speaker 3 (05:48):
Ok. Ahora, hablemos de esto que es importante. Vamos acá.
Derechos del ciudadano en un retén. Entonces,¿ sí puedo grabar? Claro.
Ahora sí
Speaker 4 (05:55):
que vamos del A a la Z. Pregunta el motivo
del retén es parte de nuestro derecho esto no lo
contempla el artículo 21 de nuestra constitución política de los Estados
Unidos mexicanos también lo encontramos en el artículo 42 de la
ley general del sistema nacional de seguridad pública. Saber el
(06:15):
nombre y corporación es también parte de nuestros derechos. Le
deben mostrar su identificación, o sea, se debe de identificar
el elemento que está haciendo el retén para que podamos
nosotros sentirnos...
Speaker 2 (06:30):
confiados de con quién nos
Speaker 4 (06:31):
estamos identificando. No pueden revisar nuestro vehículo sin una orden
judicial o en caso de flagrancia.¿ Qué es la flagrancia?
Y voy a hablarlo en términos muy coloquiales.
Speaker 2 (06:42):
La
Speaker 4 (06:42):
flagrancia es cuando estamos en las manos, ahora sí que
nos tienen con el delito, como dicen vulgarmente, con las
manos en la masa.¿ Qué quiere decir esto? Tenemos criterios
para que exista la flagrancia obviamente eso ya lo va
a ver un juez de control para acreditar la legalidad
de la detención pero por ejemplo si estamos en la
flagrancia que se acaba de cometer un delito con nuestro
(07:04):
automóvil el policía el primer respondiente va a tener la
facultad de revisar nuestro vehículo.
Speaker 2 (07:11):
Ahora,
Speaker 4 (07:13):
no debe ser obligatorio bajarnos del carro. Bajarnos no. No
podemos
Speaker 2 (07:19):
bajar. No te pueden obligar. Así es
Speaker 4 (07:20):
No es obligatorio porque no tenemos las bases, como les decía,
de flagrancia. O sea que acá va de pasar un vehículo, perdón,
un ilícito con nuestro vehículo. grabar todo el proceso con
tu celular es tu derecho Mariana yo ahorita les voy
a dar el fundamento legal tengan lista pluma y papel
y si no ya saben nos ven en el podcast
para que lo vuelvan a escuchar ok exigir trato digno
(07:42):
porque porque a final de cuentas a veces no el
trato no es digno ni respetuoso por parte de los
elementos pero también a su vez
Speaker 3 (07:48):
si habla muy golpeado oiga espantan
Speaker 4 (07:50):
a
Speaker 3 (07:50):
uno y sacan de
Speaker 4 (07:50):
onda es importante también darlo no no sé no sé
retenido más tiempo de lo necesario esto debe ser muy
rápido porque Si los oficiales no están viendo que tienes
sospecha de algo muy raro en tu vehículo, pues inmediatamente,
casi casi como dicen.
Speaker 3 (08:06):
Espérame, espérame, vamos, por ejemplo, en el del alcohólimetro, ¿no?
Que ya te agarraron con tus cubas y sí, ya
te atorcieron. Sí. Tampoco te pueden pedir que te bajes.
Ahí
Speaker 4 (08:15):
sí. Ahí por eso tenemos unos temas de amparo.
Speaker 3 (08:18):
Ok. Por eso existe el
Speaker 4 (08:19):
famoso que llega un amparo administrativo y ahí está el
abogado amparando a la persona. Sí, porque pues hágame el cuatro, ¿no? Exacto.
Speaker 3 (08:28):
Entonces
Speaker 4 (08:30):
me
Speaker 3 (08:30):
quedé, no se ha retenido más del
Speaker 4 (08:32):
tiempo necesario. Así es. Por ejemplo, vamos a dar un
ejemplo breve. A ver. Si un oficial dice bájese porque
quiero revisar su cajuela, usted puede responder oficial. Con todo respeto,
no autorizo la revisión sin fundamento legal y no hay
sanción por decirlo.
Speaker 3 (08:47):
Y aquí alguien que te escribe y me cuenta su caso. Mira, fíjate,
dice esta persona que a él lo detuvo un retén
de la Policía Federal que le pidieron que se bajara,
que le revisaron, lo revisaron a él. Y revisaron su coche,
pero que le dijeron que abriera las puertas. Y ellos
revisaban con su lámpara sin tocar nada. En casos como ese,
(09:10):
diciendo a la Policía Federal,¿ qué puedo hacer? Bueno, creo
que hubo
Speaker 4 (09:15):
un exceso de autoridad. De estrés. Hubo un exceso
Speaker 3 (09:19):
de
Speaker 4 (09:20):
estrés, hubo un exceso de autoridad.¿ Por qué? Porque a
final de cuentas,¿ cuál es uno de los protocolos? Es
mantener cerrado el carro y con su lamparita desde fuera.
Inclusive aquí nuestro acompañante dice, prendamos la luz del interior
del carro, manos visibles. Ahorita les voy a dar los
puntos de cómo tenemos que comportarnos. Pero a final de
(09:40):
cuentas eso lo que le hicieron es ilegal. Efectivamente, tengan
mucho cuidado con que los policías metan las manos porque
nos encontramos en muchísimos asuntos y nos han tocado a
nosotros verlos que les llegan a sembrar cosas, droga. Ay, disculpen,
Speaker 3 (09:55):
no sé si
Speaker 4 (09:55):
podemos hablar de eso
Speaker 3 (09:57):
Es
Speaker 4 (09:58):
muy común. Armas, situaciones, los policías, digo, no todos, no generalizamos,
pero hay muchos policías que le siembran cosas para coaccionar
a las personas o para incriminarlas, ¿no? Entonces, no debió
de haberse bajado. No.
Speaker 3 (10:11):
Él pudo haberle dicho, no me bajo. No, no me bajo. No,
tú no
Speaker 4 (10:13):
tienes la autoridad
Speaker 3 (10:14):
No
Speaker 4 (10:14):
tienes la autoridad. Y ahora,¿ te parece que platiquemos sobre
los abusos comunes que la gente debe de...
Speaker 3 (10:19):
Sí.
Speaker 4 (10:20):
identificar
Speaker 2 (10:20):
para los retenes,
Speaker 4 (10:22):
precisamente viendo este caso. Bueno, pues checar que si un
reteno tiene señalización, los policías te piden dinero, revisiones de
mochila y autos sin causa, como a él, retenciones prolongadas,
amenazas que permitas la revisión. Si no me permite revisar
su carro, lo voy a tomar como que tiene algún
(10:44):
tema ilícito y lo vamos a meter a la cárcel.
Todo ese tema no... Los retenes no deberían de actuar
de esa manera. Los retenes no son ilegales, Mariana, por
sí mismos, pero deben cumplir, como dijimos, ciertos requisitos que
ya nos las dio la Suprema Corte, que ya les
di los datos. Cuando no los cumples, estamos ante un
(11:06):
abuso completamente de autoridad, como lo dijo el radio Escucha.
Inmediatamente estaba ante un abuso de autoridad. También ahorita les
voy a platicar qué debemos de hacer para estos abusos. Oye,
hay policías que incluso piden dinero. Ah, claro. Y yo
les sugiero que ni lo hagan porque estamos ante un
delito que se llama cohecho y lo pueden usar en
(11:26):
su contra. Ahora,¿ qué está permitido hacer cuando te detienen
en un retén? Lo primero es mantener la calma. Yo
sí los invito a que mantengan la calma, pongan sus intermitentes,
bajar volumen de la música si es que la traen.
Y desde un inicio, así, lo primero que hagan es grabar.
Es su derecho, tenemos jurisprudencia, o sea, la Suprema Corte
(11:50):
de Justicia de la Nación lo reconoce, que permite grabar
a servidores públicos en servicio de sus funciones. Anoten esta...
Speaker 3 (11:58):
A ver, entonces,¿ se permite grabar funcionarios públicos? En el
uso de sus fundos. O sea,
Speaker 4 (12:05):
laborando. Laborando. Es la PJ262020. Este es nuestro modo de
defensa ante alguna arbitrariedad. Grabar. Está permitido por la ley.
Bajen el vidrio y pregunten cuál es el motivo del operativo.
Escuchen claramente al oficial lo que les diga sin interrumpir.
Mantengan las manos visibles. Obviamente pueden estar con una mano
(12:28):
en el volante y con la otra con el teléfono
ya grabando. Se les permite como que una revisión, les
Speaker 2 (12:35):
van a
Speaker 4 (12:35):
preguntar, díganle cuál es el fundamento de la inspección que
les están haciendo. No firmen nada, por favor, no firmen
nada de lo que les vayan a dar. De hecho,
no pueden, tienen derecho a... A guardar silencio. Este, el
artículo 20 constitucional
Speaker 2 (12:51):
en el
Speaker 4 (12:52):
apartado B, fracción segunda, nosotros tenemos derecho a guardar silencio
para no incriminarnos en nada, ¿no? Entonces, pues yo les
doy los puntos que les sugiero que no entreguen tan
poco dinero, porque como les decía, esto se convierte en
un cohecho y pueden usarlo en su contra.
Speaker 3 (13:10):
Y no ponerse a tu propiedad. Y no agredan.
Speaker 4 (13:31):
En caso de abuso, pues grave rostro, placas de vehículos
que estén cerca, que
Speaker 2 (13:36):
estén
Speaker 4 (13:36):
utilizando para el retén,
Speaker 2 (13:38):
las
Speaker 4 (13:38):
patrullas, la hora, el lugar. Evite confrontaciones físicas y verbales.
Yo he tenido que sacar a personas de la agencia
del Ministerio Público. Y
Speaker 2 (13:48):
de
Speaker 4 (13:48):
ser víctimas terminan siendo victimarios. Mención en voz alta. Estoy
documentando por mi seguridad, como están grabando, pues si hagan
la mención, si le digan que claramente están actuando bajo coacción,
si ven que, como por ejemplo nuestra pregunta, en ese
momento si hubiera estado grabando, hubiera sido correcto esa parte.
Speaker 3 (14:08):
Y bueno, ya cerrando
Speaker 4 (14:08):
el tema
Speaker 3 (14:09):
de qué hacer y qué no hacer en un retén,¿
qué vías legales existen para defendernos ante un abuso en
un retén, querida Dani? Claro
bueno
Speaker 4 (14:17):
para empezar a cerrar el tema, recuerden que muchas veces
en estos retenes nos dicen que están actuando conforme al
artículo 251 del Código Nacional. De procedimientos penales situación que es
falsa porque este artículo nada más únicamente se aplica en
una investigación oficial abierta entonces cuando escuchen ahí venimos aquí
(14:38):
a hacer el retén por el conforme al artículo 251 del
código nacional es completamente falso. Si ven algo raro, yo
les recomiendo que por favor hablen al 911 inmediatamente, empiecen a
dar sus ubicaciones porque pues sí, ya su integridad está
en riesgo. Ahora, como decíamos,¿ cuáles vías legales existen para
defendernos ante un retén? Pues para empezar podemos iniciar con
(15:01):
una queja administrativa. Esto es ante el órgano de control
interno o asuntos internos, ante la Comisión de Derechos Humanos,
Y podemos presentar una denuncia ante un abuso de autoridad.
Yo les recomiendo que como todo lo van a tener grabado,
consulten a un abogado
Speaker 2 (15:19):
para que
Speaker 4 (15:19):
pueda demostrar la violación a sus derechos. Inclusive podemos hablar
de extorsión. En nuestra legislación actualmente los legisladores se han
detectado que hay mucho retene ilegal y hecho por policías
que están en funciones.
Speaker 2 (15:36):
Entonces,
Speaker 4 (15:36):
qué es lo que están sugiriendo hasta 41 años de prisión?
para esas personas que están haciendo retenes ilegales. También podemos
promover un amparo. Ok,¿ qué consecuencias para la autoridad en
estos casos? Pues, obviamente, te van a tener una suspensión
laboral de sus funciones, responsabilidades penales, responsabilidades administrativas, e incluso
les pueden hacer el pago de daños y perjuicios. Oye,¿
(15:58):
qué consejos finales le das a la ciudadanía? Insisto, graben siempre.
Es importantísimo
Speaker 3 (16:03):
Ya vieron que
Speaker 4 (16:04):
pueden, ¿ok
Speaker 3 (16:04):
Sí. Sí se
Speaker 4 (16:05):
vale. La Corte reconoce ese derecho. Ok. No se dejen
intimidar y extorsionar y presionar. Si alguno de los criterios
que ha señalado la Suprema Corte de Justicia de la
Nación falta, probablemente no es un legal retén. Entonces, los
retenes pueden ser una herramienta de seguridad para Pero mal
(16:25):
usados pues nos van a convertir en un instrumento de
abuso para nosotros como ciudadanos. Si usted fue víctima de
algún retén ilegal, pues acérquese a su abogado de confianza
para presentar una queja, amparo o denuncia, pues sus derechos
no están negociados.
Speaker 3 (16:40):
Su abogado de confianza. O sea,¿ dónde te encontramos, muñeca? Ay,
Speaker 4 (16:43):
muchas gracias. Pues me encuentran en mis redes sociales, Facebook
e Instagram como Abogada Daniela Karen. Ahí está, por si necesitan,
por si ocupan
Speaker 3 (16:52):
por si tienen alguna duda. Y le
Speaker 4 (16:53):
subimos
Speaker 3 (16:54):
más información. Al ratito. Órale, al ratito subimos un videíto.
Muchas gracias. Pues ahí estuvo nuestra abogada de confianza.
Speaker 2 (16:59):
No te preocupes, Mariana estará de regreso muy pronto. Recuerda
sintonizarla de lunes a viernes de 10 de la mañana a 1
de la tarde. Por 88.9 Noticias, información que sirve. Tráfico y Clima,
cada 15 minutos.