Episode Transcript
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Speaker 2 (00:01):
Hola, esto es Ciudadanos en Acción. En este podcast nos
proponemos llevar el derecho a palabras que todos puedan entender.
Desde cualquier lugar a tu ritmo podrás conocer tus derechos
y acercarte a temas de actualidad desde una perspectiva jurídica.
Ponte cómodo y escúchanos en un Rosario Radio. Vamos. Vamos.
Speaker 3 (00:30):
Regresamos con Ciudadanos en Acción para retomar nuestra misión. Recordarles
que el derecho es de todos y para todos. Por
eso les damos la bienvenida a este programa del Grupo
de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario. En el
Control Master tenemos a Nelson Duarte, estamos bajo la dirección
general de Eduard Barbosa y quien les habla es María
Paula Blanco. Bienvenidos a Ciudadanos en Acción. Síguenos en nuestras
(00:52):
redes sociales
Speaker 2 (00:53):
como GAP U Rosario y U Rosario Radio.
Speaker 3 (00:57):
Bueno. Hoy vamos a hablar de un tema del que
seguramente muchos han escuchado, pero que no siempre resulta fácil
de entender, que es la restitución de tierras en Colombia.¿
Qué es exactamente?¿ Cómo funciona?¿ En qué va este proceso?
Y que ha sido muy importante para las víctimas del
conflicto armado. Pues entonces la idea es conversar un rato
(01:21):
sobre todo esto, los avances, las dificultades y todo lo
que significa realmente para miles de familias que sueñan con
volver a sus tierras. Hoy tenemos un invitado muy especial,
Andrés Castro Forero, quien es abogado de nuestra universidad, especializado
en gestión pública e instituciones administrativas de la Universidad de
Los Andes. A lo largo de su vida académica ha
(01:42):
obtenido títulos en estudios políticos y administración pública en universidades
reconocidas de Francia y se destaca la obtención del diploma
internacional en administración pública de la Escuela Nacional de Administración
ENA de Estrasburgo en París.¿ Cómo estás Andrés?
Speaker 4 (01:59):
Bueno, muy complacido por esta invitación y esperemos que para
su audiencia quede claro en qué consiste esta política pública
en materia de restitución de tierras.
Speaker 3 (02:12):
Muchas gracias Andrés. En esta edición también nos acompañan Laura
Sofía Casallas y Felipe Guarín, compañeros del GAP.¿ Cómo están hoy?¿
Cómo estás María Paula?
Speaker 5 (02:23):
Cómo están María Paula, Laura, doctor? Muchas gracias por venir.
Estamos muy contentos de tocar este tema tan interesante y
complejo a la vez. Cabe resaltar también que el doctor fue, digamos,
director de la unidad de restitución de tierras durante unos
cuatro años, entonces conoce a perfección este tema y creo
que va a ser muy interesante desmenuzar las diferentes aristas
que tenemos acá.
Speaker 3 (02:45):
Bueno, bienvenidos nuevamente a nuestro podcast.
Speaker 6 (02:48):
Bueno, yo quiero empezar pues hablando un poquito del tema
de la restitución de tierras, que pues no siempre es
un tema que resulte fácil de entender, ¿no? Este proceso
pues siempre como que trata de devolver a muchas familias
que son víctimas del conflicto armado en nuestro país las
tierras que tuvieron que abandonar en medio pues de todo
este panorama y este contexto de conflicto. Y para empezar
(03:10):
quisiera plantearle, doctor, la pregunta... O plantearnos a todos la
pregunta más básica, pero tal vez la más importante,¿ qué
es la restitución de tierras en Colombia? Porque cuando hablamos
de restitución no nos referimos solamente a devolver un predio
o entregar un título de propiedad, sino a un proceso
jurídico y social que tiene como objetivo reparar las víctimas
del despojo y del abandono forzado de tierras.
Speaker 4 (03:32):
Perfecto. Voy a intentar de ser muy claro en qué
consiste la restitución de tierras. Yo diría que es una
política pública, como ya lo mencionaba, en la que el
Estado busca de alguna manera reparar a víctimas del conflicto
(03:59):
armado y para eso ha puesto en marcha a través
de la ley 1448 un proceso de naturaleza judicial estamos hablando
de justicia transicional eso quiere decir que este proceso está
(04:22):
inspirado por la verdad la justicia la reparación integral a
las víctimas en condiciones de no repetición es decir que
cuando estas personas sean reconocidas por un juez especializado en restitución,
retornen a sus predios pero no vuelvan a ser nuevamente
(04:43):
despojados o estén obligados a abandonar forzosamente esas tierras. Pero
démosle un poco de contexto a esta materia. Y recordemos
que en el año 2016 se suscribió un acuerdo de paz
con las extintas FARC. Y yo diría que el primer
(05:06):
tema de discusión en las conversaciones de La Habana consistía
en hablar de tierras, de desarrollo rural integral. Y esta ley,
que es del año 2010, es una ley que, perdón, 2011, es
(05:28):
una ley que se tramita antes de suscribir el Acuerdo
de Paz. Pero es como la primera apuesta para que
puedan avanzar esas negociaciones, es decir, para ganar confianza entre
las delegaciones del gobierno de la época del presidente Juan
(05:50):
Manuel Santos y los delegados de las FARC. Y lo
que hace entonces la ley 1448 es reconocer a las víctimas
y específicamente en los temas de tierras es entender que
uno de los motivos o de las causas del conflicto
es el tema de la tierra. Y eso ocurrió durante
(06:15):
los últimos 60 años en el país, donde la gente... se
vio obligada a abandonar esas tierras o donde se vio
obligada a vender la tierra y es ese fenómeno del
desplazamiento forzado que llegó a tener más de 6 millones de
personas que se desplazaron de las zonas rurales a los
(06:38):
centros urbanos, inclusive mucha gente salió del país con ocasión
del conflicto armado. Entonces lo que busca restitución de tierras
es resolver esa situación y yo diría entonces que es
un proceso, repito, justicia transicional donde se reparan a víctimas
(07:00):
de despojos y abandonos forzados de sus tierras y que
de alguna manera hace intervenir un tema de derechos humanos,
que es entiendo el enfoque que tienen ustedes dentro de
este podcast
Speaker 5 (07:17):
Sí, sí, sí, en efecto es así. Muchas gracias por
la introducción y creo que tocó varios puntos que nos
hicieron o que nos llevan al siguiente tema que nos
gustaría tocar y es justamente el tema procesal. Veamos que
eso está dado en el marco de justicia transicional en
el que el enfoque es la víctima y cómo ha
sufrido diferentes temas de graves violaciones de derechos humanos, desplazamientos
(07:39):
forzados y muchas cosas que van detrás de eso. También
vemos que hay jueces especializados en esta materia y nos
gustaría saber cómo es el proceso y qué tiene que
pasar una persona que es reclamante de tierras.¿ Cuál es
la parte procesal, si pudiéramos ver brevemente, porque sé que
es muy complejo?¿ Cómo se pinta eso en materia procesal?
(08:00):
Con mucho gusto,
Speaker 4 (08:01):
Felipe. Pongámosle contexto a este asunto, porque en Colombia la
rama judicial, a través de mecanismos de justicia ordinaria, ha
podido resolver esto. y son las acciones de nulidad de
(08:24):
los negocios jurídicos que se han hecho bajo presión. Entonces,
de alguna manera, lo que uno puede observar es que
había una gran frustración de aquellas personas que querían recuperar
sus tierras y que acudían a un mecanismo judicial ordinario
(08:46):
a través de una acción de nulidad de ese negocio
jurídico Y ahí hay una frustración, porque eso nunca se
pudo resolver, porque procedimentalmente esa persona tenía que probar lo
que se denomina la lesión enorme. Y uno va a
encontrar sentencias de la Corte Suprema de Justicia, de la
(09:07):
Sala Civil, donde no se logra probar esa lesión enorme.
Entonces lo que hace la restitución de tierras como proceso
de justicia transicional es invertir la carga de la prueba
y es al ocupante al que le toca probar la
(09:29):
buena fe exenta de culpa. Y eso es un elemento
donde cambia radicalmente el procedimiento y ahí sí quisiera entrar
como a describir en qué consiste la restitución. En la
ley 1448 se crea la unidad de gestión de restitución de
(09:54):
tierras abandonadas y de tierras despojadas y esta entidad lo
que hace es recepcionar una solicitud de aquellas personas que
fueron despojadas o que abandonaron forzosamente sus tierras y la
unidad que es una entidad administrativa del gobierno nacional adscrita
(10:20):
al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, hace la instrucción
del proceso. O sea, recepciona la solicitud, recepciona o se
le presenta una declaración en la que la víctima... respaldado
con la documentación que tenga disponible la unidad lo que
(10:45):
va a hacer es validar esa solicitud para eso hace
gestión documental es decir que va a las oficinas de
registro de instrumentos públicos va a las notarías También se
hacen levantamientos topográficos y catastrales del predio señalado y ahí
(11:07):
va a encontrar algunas inconsistencias o cuestiones de informalidad en
esos predios y... Yo diría que también allí es donde
entra el tema de derechos humanos, es que valida a
través de sociólogos, antropólogos, cómo fue la dinámica del conflicto
(11:30):
en esos territorios. Es decir, qué grupos armados y legales
hacían presencia en esos territorios. Entonces, de alguna manera busca
la unidad encontrar la conexidad que existe entre la solicitud
presentada por una potencial víctima con los hechos que ocurrieron
(11:51):
en el territorio en el marco del conflicto armado. Si
se valida de toda esa información, lo que hace la
unidad es inscribir el predio en un registro de predios
abandonados forzosamente y con esa inscripción el predio va a
quedar con una anotación en el folio de matrícula inmobiliaria
(12:15):
y la unidad misma asumen la representación judicial de esa víctima,
porque uno supone que se trata de población campesina o
de comunidades étnicas, indígenas o afrodescendientes, y pues es población vulnerable.
(12:37):
Esa representación judicial entonces la asume la unidad de restitución. Obvio,
la víctima tiene que otorgar un poder, Y arranca un
proceso donde se presenta una demanda ante jueces especializados en
restitución de tierras, que son jueces de circuito, jueces civiles,
(13:02):
y estos jueces están encargados de hacer... la instrucción en
la etapa judicial pero fíjense ustedes que es muy importante
la labor probatoria que adelantó la unidad si todo eso
el juez lo revisa y encuentra que está bien soportado
si no hay un opositor si el predio está abandonado
(13:26):
pues rápidamente el mismo resuelve y una circunstancia muy importante
esto es un proceso de única instancia Entonces, cuando no
hay opositor, el mismo juez especializado en restitución resuelve. Cuando
hay opositor, el juez de circuito instruye el caso probatoriamente
(13:51):
y lo remite al tribunal. El tribunal es un tribunal
superior de distrito judicial, que hay cinco en el país,
compuestos de tres magistrados especializados en restitución. Y es entonces
una sala compuesta de esos tres magistrados con un magistrado
(14:13):
ponente que resuelven en últimas el caso de acuerdo a
la instrucción. que hizo el juez de restitución y la
instrucción que viene de la unidad. Esa sentencia emitida por
el tribunal, y digo ahí el tribunal de Cartagena, el
(14:34):
de Medellín, el de Cali, el de Cúcuta y el
de Bogotá, también es de única instancia y allí termina
el proceso.¿ Qué viene en una sentencia de restitución? En
primer lugar, la orden de restitución, si es lo que procede.
Segundo es si se hace un reconocimiento al tercero, es decir,
(14:58):
a la persona que logra aprobar la buena fe exenta
de culpa. Y en ese caso, esa persona va a
ser compensada. Es decir, puede que proceda la restitución, pero
a ese tercero que va a perder el predio, se
le va a reconocer y le va a compensar con
un predio equivalente o en dinero se le va a
(15:23):
ofrecer una compensación. Y hay otra serie de medidas de
reparación que tienen que ver, como estamos hablando del conflicto armado,
de situaciones que ocurrieron en el medio rural, de la
implementación de un proyecto productivo. rural o agrario, y vivienda digna,
(15:52):
por ejemplo, todo lo que es la provisión de servicios
públicos esenciales como la educación, la salud, también la dotación
de servicios públicos domiciliarios, el agua potable, la energía eléctrica,
por ejemplo el mejoramiento de la red terciaria, que es
(16:14):
la que está a cargo de los municipios y que
comunica las veredas, los corregimientos con los cascos urbanos Eso
está a cargo de los municipios y toda esa serie
de medidas se supone que deben llevar a una transformación
(16:35):
de esos territorios donde ocurrió el conflicto armado en Colombia.
Speaker 3 (16:42):
Bueno Andrés, y ya con todo esto que nos has
explicado sobre cómo funciona la restitución de tierras, qué es,
nos gustaría preguntarte por cuáles han sido todos esos avances significativos,
porque ya han pasado más de 10 años desde que inició
este proceso, desde que salió la ley 1448, entonces,¿ qué logros
destacarías de la unidad de restitución de tierras en términos de,
(17:06):
no sé, hectáreas restituidas, familias beneficiadas, que nos puedes contar
un poco sobre eso?
Speaker 4 (17:14):
Yo diría lo siguiente, y quisiera hacer aquí una anotación
María Paula frente al carácter transicional. lo que revisa restitución
de tierras son temas de despojo ya abandonó desde el
año de 1991 y el ámbito de aplicación va hasta el
(17:36):
término de la vigencia de la ley se suponía que
esta ley iba hasta el 2021 tenía una vigencia de 10 años
Porque el Congreso, en su sabiduría, consideró que en 10 años
se podían resolver todos estos casos. Para poder estimar esos 10
(17:58):
años de vigencia de la ley, se hicieron proyecciones, se
hicieron encuestas con las víctimas, con las organizaciones que las representan. Entonces,¿
qué tan grande era el fenómeno del despojo o el abandono?
Lo que encontramos, y ya lo había mencionado Felipe, yo
(18:18):
fui director de la unidad de restitución desde el 2018 hasta el 2022.
Lo que encontramos es que esto no es blanco y negro.
No hay de un lado despojadores o victimarios y del
otro víctimas de estos fenómenos. No, esto tiene una zona
(18:43):
gris muy compleja y nos enfrentamos, digamos, ante una realidad
de país que es la informalidad en la propiedad de
la tierra. Y es que los negocios en el campo
se hacen en una cafetería donde firmamos un documento en
una servilleta. Y lo que hacemos es una compra de
(19:06):
unas mejoras. Y eso nunca lo llevamos ni a una
notaría ni a una oficina de registro. Entonces cuando vamos
a reconstruir la historia de ese predio, eso no está
en el folio de matrícula. Y resulta que por ahí
ha pasado mucha gente. Toda esa informalidad es lo que,
de alguna manera, en restitución se puede resolver para dar,
(19:30):
de alguna manera, una certeza jurídica a la ciudadanía sobre
qué es lo que pasa. Y uno dice,¿ por qué
ocurre ese fenómeno tan grave en el país? Digamos, esa práctica. Entonces,
una tiene que ver con que esto está mediado por
(19:53):
el conflicto armado. Lo otro tiene que ver con que
la gente no registra todos estos negocios porque eso implica
pagar impuestos. Y finalmente, si yo conozco a los actores,
a las fuerzas vivas en el territorio, a mí todo
(20:14):
el mundo me va a reconocer. No, esto hay que
llevarlo al derecho, digamos a la ritualidad que implica el derecho,
porque eso es lo que me va a dar una
seguridad jurídica. Entonces, en esa medida, en el año 2021, se
tramitó una ley de prórroga de la ley, y hoy
(20:37):
en día esa ley fue prorrogada por 10 años más, es decir,
que va hasta el 2031. Y como lo mencionaba en la introducción,
de alguna manera esto fue el abre bocas de lo
que iba a ser el acuerdo de paz de la
Habana y en esa medida el acuerdo hace parte, la
(21:01):
ley 1448 hace parte del acuerdo de paz. Eso fue resuelto
a través de una demanda de constitucionalidad ante la Corte
Constitucional sobre el artículo de la vigencia. Entonces, en principio,
esta ley va hasta el término de vigencia del Acuerdo
(21:21):
de Paz, que es tres periodos presidenciales. Entonces, estamos hablando
del 7 de agosto del 2017. Pero como les digo, ya se
tramitó una prórroga de esa ley y va hasta el 10
de junio del 2031. Yo esperaría es que en el previo
(21:44):
al 2031 no estemos nuevamente prorrogando esta ley.¿ Y qué es
lo que debería reemplazar? en materia de restitución de tierras,
esta jurisdicción es la jurisdicción rural y agraria que está
en trámite en el Congreso de la República y que
(22:04):
también es uno de los compromisos que se acordaron en
el acuerdo de paz con las extintas FARC. Ahora bien,¿
cuáles son los avances que uno podría presentar? Y obviamente
ya hace un poco más de tres años yo me
retiré de la unidad. Pero digamos al momento en que salimos,
(22:28):
cuando hubo el cambio del gobierno del presidente Petro y
la llegada del gobierno, perdón, el fin del gobierno Duque
y la llegada del gobierno Petro, En el caso de restitución,
el actual director es un indígena de la comunidad Nasa
(22:52):
del Cauca. y uno diría que ahí ha habido seguramente
muchos avances en lo que tiene que ver con la
restitución étnica territorial que se da tanto en resguardos indígenas
como en consejos comunitarios de comunidades afrodescendientes. Pero en términos
potenciales de lo que se debe lograr en el término
(23:15):
de la vigencia de la ley, es decir, hasta el 2031,
Uno diría, o la proyección que nosotros habíamos hecho era
que la restitución puede llegar a unos 6 millones de hectáreas,
hasta donde nosotros llegamos se lograron un poco más de 500
mil hectáreas, es decir, que todavía quedaba mucho trecho, que
(23:37):
obviamente hoy en día está en conocimiento de los jueces,
es decir, que ya se tramitó la etapa administrativa, que
es la instrucción que hace la unidad, Pero yo sé
que esta nueva administración de la unidad ha inscrito en
este registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente del orden
(24:00):
de unos 12 millones de hectáreas. Es decir, que esa potencialidad
de la que hablaba la anterior administración de seis es
posible que se haya doblado. eso quiere decir que en
conocimiento de los jueces está resolver esos casos y allí
digamos está la primera dificultad que van a encontrar estos
(24:24):
jueces es validar La restitución, pero que se haga un
muy buen análisis probatorio en materia del reconocimiento de los
terceros ocupantes, es decir, del que hoy en día está ocupando,
que puede ser ajeno a todo este proceso, es decir,
que logre probar la buena fe exenta de culpa. y
(24:49):
de lo que llaman los segundos ocupantes y es que
lo que vamos a encontrar en muchos territorios donde se
dio este fenómeno del despojo es que hubo campesinos desplazados
de otros territorios que ocuparon esos predios Entonces, si yo
(25:10):
le quito la tierra a ese campesino que sigue siendo
población vulnerable, lo que voy es a revictimizarlo. Entonces, ese
fenómeno que es esa zona gris de la que yo hablaba,
es lo que hay que tener en consideración. Y yo diría,
un poco para hacer una síntesis de todo esto, es
(25:33):
la ley lo primero que plantea es el retorno. Es decir,
que la restitución se dé en el mismo predio. Eso
es fácil hacerlo donde no hay un tercero, donde no
hay un opositor, donde hubo un simple abandono con ocasión
del conflicto armado. Y esas personas van a ser reparadas.
(25:56):
A través del proyecto productivo y toda la provisión y
prestación de servicios públicos. Pero¿ qué pasa donde hay un
opositor y un tercero y resulta que ese no es
el despojador, el victimario? Entonces insisto en el tema probatorio
de probar la buena fe exenta de culpa. Y en últimas,
(26:20):
va a ser más fácil, y yo lo hablo en
términos de los conflictos armados, y arrancaría aquí, por ejemplo,
después de la Segunda Guerra Mundial, es más fácil compensar
a esa persona en dinero o con otro predio, equivalente
porque ese retorno de ese propietario original puede generar un
(26:47):
nuevo conflicto y es muy posible que esos esas víctimas
reconocidas y que son beneficiarias en últimas prefieran no regresar
a eso lo digo porque ese es el dilema al
que se enfrenta esta política pública para que de los
resultados esperados
Speaker 6 (27:08):
Bueno, Andrés, yo sé que ya hemos hablado de qué
es la restitución de tierras, cómo funciona el procedimiento, pero
hay un punto que me parece clave y que muchas
veces se desconoce, lo que pasa como después de la sentencia.
Sabemos que la restitución no se agota solamente en el
fallo judicial, sino que para que realmente tenga sentido deben
existir medidas complementarias, como por ejemplo los proyectos productivos. Yo
(27:32):
quiero que nos cuentes un poquito en qué consisten estos
proyectos productivos, cómo funcionan y qué tenemos... actualmente?
Speaker 4 (27:41):
Es una pregunta bien interesante porque en efecto nos hemos
centrado como en el proceso administrativo y judicial de restitución
pero realmente para que la política pública sea efectiva requiere
de su implementación a través del cumplimiento de las órdenes
(28:03):
judiciales y yo quisiera por ejemplo aquí comentar Porque las
reuniones más difíciles que yo pude tener como director de
restitución de tierras no eran con las víctimas o con
los victimarios, era con los jueces que hacen seguimiento. al
(28:26):
cumplimiento de órdenes, porque allí nos enfrentamos a unas órdenes
que a veces son de muy difícil cumplimiento, porque es
entrar a territorios muy alejados, muy apartados, donde el acceso
es complejo. Por ejemplo, para esa orden que tiene que
ver con una vivienda rural digna. No es fácil llegar
(28:52):
a esos territorios. Y las entidades que están a cargo
de ese cumplimiento, de esa orden, hoy en día el
Ministerio de Vivienda, pues llega un momento en que es
imposible o el sobrecosto que tendría de llevar los materiales
de construir la vivienda en esos territorios es tan alto
(29:14):
que no es viable, no es posible. Entonces, el problema
de una audiencia de seguimiento a las órdenes judiciales, que
son mandatorias, es que si la autoridad no cumple con
la orden, se le abre un incidente de desacato. Y
(29:34):
puede terminar uno embargado o en la cárcel. Es así
de sencillo. Entonces uno tiene que, y eso en el
Estado es muy importante, porque yo puedo tener la sentencia
más hermosa en restitución de tierra frente a comunidades que
fueron despojadas, que fueron desplazadas. y que tienen ese anhelo
(30:01):
de retornar y de rehacer su vida a través de
un proyecto productivo, pero la realidad es tan compleja que
no se logra. Entonces, para evitar esa frustración, yo diría
que en lo que mencionas tú de los proyectos productivos,
estas ves de lo más meritorio, de lo más bonito
que uno puede encontrar. Entonces aquí se atiende individualmente a
(30:25):
una persona beneficiaria de restitución para implementar un proyecto en
el producto que él quiera. Puede ser un producto pecuario
o un producto agrícola. Lo que va a ser la unidad,
y tiene un equipo muy sólido, la unidad de restitución
(30:47):
de zootecnistas, de agrónomos, que acompañan a ese beneficiario, estudian
las condiciones agroecológicas, de la calidad del suelo, del potencial
que tiene esa tierra, del régimen de lluvias. Hablaba aquí, digamos,
(31:08):
de la red terciaria que comunica las veredas, porque también
es cómo va a sacar esa producción a centros donde
los pueda comercializar. Y lo otro es que en el
campo no se puede trabajar de manera individual u uno
a uno, sino que yo tengo que crear modelos asociativos
(31:31):
o cooperativos que fortalezcan los volúmenes, las cantidades, las calidades
de los productos que se están requiriendo en el mercado.
Inclusive lo que tengo que buscar es un aliado estratégico
que compre esa producción antes de poner a producir esa tierra.
(31:55):
Es decir, es lo que llaman la agricultura por contrato.
Es decir, que yo ya sepa que voy a sembrar yuca, papa,
cualquier producto, pero yo ya sé que tengo un comprador
de eso y que me presta un acompañamiento de una
(32:15):
asistencia técnica. Nosotros logramos potenciar muchos de esos productos con
Por ejemplo, en cafés especiales, que hoy en día se
pueden encontrar inclusive en mercados internacionales. La pimienta del putumayo,
que es un producto que se sembró en el putumayo
(32:36):
y que hoy en día también es muy reconocido en
temas gastronómicos. pero también diría los derivados de la leche,
o sea, de la ganadería lechera, en productos como los yogures,
el queso, el cumis, donde ellos mismos transforman esos productos
y los comercializan. Y una cosa muy importante, o muy válida,
(33:01):
que me parece, es que como detrás de estos productos,
de estos productores, hay una historia de vida... Hay mercados,
nichos de mercados que compran eso, donde eso se pueda validar,
donde eso se pueda mostrar e ilustrar de manera que
(33:23):
el comprador dice yo voy a comprar este producto porque
esto va a ayudar a comunidades que fueron víctimas y
que hoy en día son emprendimientos que están saliendo adelante.
Entonces de las cosas más bonitas que le queda a uno,
de su paso por la administración pública y en este
(33:43):
caso de restitución es poderle haber podido ayudar a comunidades
y a poblaciones que fueron afectadas por el conflicto armado.
Speaker 5 (33:56):
Justamente esa era una de las preguntas que queríamos tocar
después de abordar en general el tema y es, sin
duda esto tiene un impacto para el país notorio, un
impacto para las víctimas y para la reconstrucción de muchas
realidades que han sido muy complejas. Y justamente queríamos hacerle
esa pregunta, desde la perspectiva profesional, personal,¿ cómo le ha
(34:19):
impactado la restitución de tierras y en general todo este
proceso de ayudar a construir un mejor país?
Speaker 4 (34:25):
Es cierto, esto es muy meritorio y uno puede... sacar
lo mejor de sí para poder apoyar y aportar un
granito de arena en lo que es la superación del conflicto.
Una cosa muy importante a la que yo me vi
(34:46):
enfrentado y es ese tema de volver las víctimas como
un espacio político. O sea, hacer política con las víctimas,
a mi modo de ver, es un error. Y yo
diría que eso no lo hemos logrado superar. Cuando nosotros salimos,
(35:08):
habíamos retomado lo que había hecho la administración Santos en
este tema, y el anterior director, por ejemplo, había durado
siete años. Fue el que montó la unidad. Estos fueron
avanzando como en una curva de aprendizaje donde se cometen errores,
pero se corrige, y avanzamos y vamos superando. O sea,
(35:30):
este es un proceso que en ningún lugar del mundo
se ha dado en los términos en que los hemos
descrito en esta entrevista, pero ya tiene resultados. Entonces, nosotros
tratamos de construir sobre lo construido y de dejar a
la nueva administración, y por eso mencionaba el perfil del
(35:54):
nuevo director, donde yo dije, bueno, ellos van a lograr
hacer una restitución étnica, territorial, colectiva, en espacios territoriales que
era difícil ingresar, porque hay que ir en términos de seguridad,
no podemos exponer a los funcionarios de la unidad a
que sean agredidos en el territorio. Y uno ve que
(36:18):
ellos replantearon completamente o nuevamente la política de restitución. Incluso
reabrieron los procesos que nosotros considerábamos no eran de restitución,
que iban por otros mecanismos. Porque como le digo, esto
no tiene que resolver todos los problemas de tierras que
son mucho más grandes y son esos temas de la informalidad,
(36:41):
del acceso a tierras, de la titulación de baldíos, de
resolver los temas de posesiones, o sea, de gente que
a través de procesos de prescripción adquisitiva del dominio se
hace a la tierra. Entonces, a mí me queda la
(37:02):
satisfacción personal, profesional, de haber implementado algo que a mi
modo de ver es bastante sólido, bastante robusto, que tiene
una argumentación. Y mi celo siempre fue como darle certeza
y seguridad jurídica a las partes que intervienen en restitución.
(37:24):
Esto no puede ser un proceso... que se tramita de
manera expedita, abreviada, pero que al final deja gente que
queda inconforme con la intervención que se hizo. O sea,
cómo revictimizar a esas personas. Entonces, yo creo mucho en eso.
(37:45):
Tiene que ser de manera... muy articulada entre el nivel
central y el nivel territorial, con las autoridades en los
departamentos y en los municipios para la implementación de las órdenes.
Y una cosa importante. Por ejemplo, la unidad ha buscado
(38:08):
que los procesos donde no haya opositor, o sea, que
resuelve el mismo juez, se le den atribuciones jurisdiccionales. O sea,
que sea la misma entidad, la unidad de restitución, la que...
Resuelva esos casos, no llevarlos al juez para descongestionar el
(38:33):
tema judicial, pero eso tiene unos riesgos muy grandes. Lo primero,
y lo he mencionado, es que las órdenes judiciales son mandatorias.
abren procesos de desacato. Entonces, una autoridad administrativa tiene que
cumplir la sentencia de un juez. Eso no ocurriría si
(38:55):
es la misma unidad la que emite la orden. Y
uno no sabe qué arbitrariedad, qué subjetividad haya en la
resolución de esos conflictos. O sea, que hay una independencia
de poderes e institucionalmente es bueno... Que la unidad instruya
administrativamente y le remita a un juez para que resuelva.
(39:17):
Si es la misma autoridad, así no haya opositor, eso
se vuelve muy complejo. Entonces, por eso digo, aquí ha
habido cambios, pero no han seguido la misma línea que
se venía tramitando. un poco dentro del entendido de que
nosotros negábamos las inscripciones cuando eso tocaba intereses de grandes
(39:42):
latifundistas o terratenientes o que porque yo venía del gremio
de los palmicultores entonces yo defendía Eso es falso y
yo tengo como probar que se hicieron restituciones en predios,
grandes proyectos agroindustriales, en palma, en caña o en cualquier
(40:06):
otro producto. O sea, yo no tenía politizado esto en
esos términos. la motivación era más poderle aportar al país
en una política que atiende y que debe resolver los
temas del conflicto armado.
Speaker 3 (40:25):
Bueno Andrés, muchas gracias por esa respuesta. Hemos llegado ya
al final del episodio, hablamos sobre restitución de tierras, que
es un proceso que va mucho más allá de entregar
ese título de propiedad, sino que reconoce el dolor de
las víctimas, garantiza el retorno y abre la posibilidad para
que miles de familias reconstruyan sus proyectos de vida en
el campo. Queremos agradecerte de manera muy especial Andrés y
(40:50):
muchas gracias también a quienes nos escuchan, gracias a Felipe
y a Laura por hacer parte de este episodio.
Speaker 4 (40:57):
Gracias María Paula. Muchas gracias
Speaker 7 (41:06):
Esto fue Ciudadanos en Acción. En este podcast nos propusimos
llevar el derecho a las palabras que todos podamos entender.
Nos oímos en un próximo episodio.